Meta y YouTube, en el punto de mira por la adicción de menores a las redes sociales

Última actualización: marzo 26, 2026
  • Un jurado de Los Ángeles declara responsables a Meta y Google (YouTube) por fomentar la adicción a redes sociales en una menor.
  • La joven, identificada como K.G.M., usó YouTube desde los 6 años e Instagram desde los 9 y desarrolló graves problemas de salud mental.
  • Las plataformas deberán pagar 6 millones de dólares, con un 70% a cargo de Meta y un 30% de Google, por daños compensatorios y punitivos.
  • El veredicto impulsa una ola de más de 1.500 demandas similares y puede influir en la regulación y litigios en Europa y España.

Redes sociales y adiccion en menores

Un jurado del Tribunal Superior de Los Ángeles ha asestado un golpe inédito a las grandes tecnológicas al considerar a Meta y Google (a través de YouTube) responsables de fomentar la adicción a las redes sociales en una menor que hoy tiene 20 años. El caso, seguido con lupa en todo el mundo, pone el foco no tanto en lo que se publica en estas plataformas, sino en cómo están diseñadas para enganchar a los usuarios, especialmente si son menores.

La resolución obliga a ambas compañías a desembolsar 6 millones de dólares en total, repartidos entre daños compensatorios y punitivos. La cifra, relativamente asumible para dos gigantes cuyo negocio anual supera los cientos de miles de millones, tiene sobre todo un impacto simbólico y jurídico: abre la puerta a que el propio diseño de las aplicaciones se juzgue como origen de daños a la salud mental de niños y adolescentes, algo que puede marcar un antes y un después también en Europa y España.

Un caso pionero: una joven atrapada por Instagram y YouTube desde la infancia

El litigio se originó en la denuncia de una joven identificada como K.G.M., también llamada Kaley, que relató al tribunal cómo su relación con las redes comenzó siendo casi un juego y terminó convirtiéndose en una dependencia difícil de controlar. Según su testimonio, empezó a usar YouTube con apenas seis años, cuando instaló la aplicación en un iPod Touch para ver vídeos sobre brillo labial y juegos infantiles. A los nueve años abrió una cuenta en Instagram, burlando un bloqueo que su madre había activado para mantenerla fuera de la plataforma.

Con el paso del tiempo, el uso esporádico se transformó en hábito. La joven explicó que pasaba gran parte del día conectada, consumiendo vídeos y publicaciones de forma compulsiva. En su relato ante el jurado, aseguró que esa exposición constante “afectó su autoestima”, deterioró sus relaciones con amigos y familiares y la llevó a abandonar actividades personales que antes disfrutaba. Este tipo de dependencia se asocia con fenómenos como la nomofobia y la tecnoadicción entre jóvenes.

La demanda no se centró en contenidos concretos, sino en los mecanismos de diseño que, según la acusación, están pensados para mantener a los menores pegados a la pantalla: desplazamiento o ‘scroll’ infinito, reproducción automática de vídeos, notificaciones constantes, sistemas de “me gusta” y recomendaciones personalizadas sin fin. Para sus abogados, estos elementos conforman un “ecosistema adictivo” que dificulta limitar el uso de una aplicación y explota las vulnerabilidades de los jóvenes.

El jurado dio por buena esta tesis y concluyó que Meta y Google actuaron con negligencia en el diseño y la operación de Instagram y YouTube. Consideró probado que las empresas conocían el potencial adictivo de estas funciones para los menores y, aun así, no informaron adecuadamente de los riesgos ni implementaron salvaguardas suficientes, como cuentas para menores controladas por los padres, para protegerles.

En la vista oral se escucharon los argumentos de la propia demandante, así como de directivos de Meta, entre ellos Mark Zuckerberg y Adam Mosseri. También se analizaron documentos internos que mostraban estrategias para captar y retener usuarios jóvenes, lo que, a ojos del jurado, reforzó la idea de que el crecimiento y los ingresos publicitarios se priorizaron por encima del bienestar de los menores.

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La condena: 6 millones de dólares y un reparto desigual de la culpa

La resolución establece que la joven tiene derecho a 3 millones de dólares en concepto de daños compensatorios por el perjuicio sufrido, además de otros 3 millones como daños punitivos, destinados a castigar la conducta de las compañías y a lanzar una advertencia al resto del sector tecnológico. En total, un paquete indemnizatorio de 6 millones de dólares que, pese a no ser desorbitado, adquiere un valor ejemplar.

El jurado fija además un reparto claro de la responsabilidad: Meta, matriz de Instagram, asume el 70 % de la cuantía, mientras que Google, propietaria de YouTube, se hace cargo del 30 % restante. Esto supone que alrededor de 4,2 millones de dólares recaerán sobre Meta y unos 1,8 millones sobre Google, al considerar que Instagram tuvo un peso mayor en el desarrollo de la adicción.

Durante el proceso, tras más de nueve días de deliberaciones, los doce miembros del jurado —siete mujeres y cinco hombres— concluyeron que ambas empresas fueron negligentes en el diseño y funcionamiento de sus productos y que esa negligencia fue un factor determinante en el daño psicológico sufrido por la joven. No se afirmó que las redes fueran la única causa de sus problemas de salud mental, pero sí un elemento que agravó de forma significativa una situación ya delicada.

El fallo no se queda solo en la compensación económica. El jurado también determinó que Meta y Google incurrieron en conductas potencialmente maliciosas o fraudulentas, abriendo la puerta a una fase adicional del procedimiento en la que se podrían concretar más daños punitivos, lo que incrementaría aún más la factura final para las empresas.

En paralelo, este caso se enmarca en un contexto judicial mucho más amplio: se estima que en Estados Unidos hay en marcha alrededor de 1.500 demandas similares contra grandes plataformas, muchas de ellas impulsadas por padres, fiscales generales y distritos escolares que denuncian el impacto de las redes sociales en la salud mental de los menores.

Del contenido al diseño: un cambio de enfoque legal con eco internacional

Una de las claves de este juicio es el giro en la estrategia de la acusación. En lugar de cuestionar publicaciones concretas, se ha puesto el foco en la arquitectura misma de las plataformas. Este matiz es especialmente relevante en Estados Unidos, donde las tecnológicas han estado protegidas durante décadas por normas que las blindan frente a reclamaciones basadas en el contenido generado por los usuarios.

La demanda alegaba que funciones como el ‘scroll’ infinito, la reproducción automática, las notificaciones y los algoritmos de recomendación están diseñados para maximizar el tiempo de uso y, por tanto, los ingresos por publicidad, incluso cuando eso incrementa el riesgo de comportamientos adictivos entre niños y adolescentes. El jurado aceptó que estas decisiones no eran neutrales, sino fruto de una política empresarial consciente.

A lo largo del juicio se presentaron pruebas internas de Meta y Google que apuntaban a objetivos específicos de captación y retención de usuarios jóvenes, un segmento clave para el crecimiento futuro de estas compañías. Para la acusación, estos documentos demostraban que las empresas eran plenamente conscientes de la importancia de mantener a los menores conectados el máximo tiempo posible.

Este enfoque, basado en evaluar el diseño como potencial fuente de daño, abre un nuevo frente legal para las grandes plataformas. Familias, instituciones educativas y autoridades públicas podrían plantear futuras demandas sin centrarse en mensajes concretos, sino en la manera en que las aplicaciones están construidas para influir en el comportamiento de los usuarios más vulnerables.

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Expertos en salud mental y derecho digital consideran que nos encontramos ante el inicio de una nueva fase de rendición de cuentas para las tecnológicas. Ya no se analiza solo qué circula por las redes, sino también cómo estas están diseñadas para captar atención, generar dependencia y condicionar la forma en que los jóvenes se relacionan consigo mismos y con los demás.

Defensa de Meta y Google: complejidad de la salud mental y cuestionamiento del fallo

Pese a la contundencia del veredicto, Meta y Google han mostrado su desacuerdo y han anunciado que estudian recurrir la decisión. En un comunicado, Meta aseguró que “discrepa respetuosamente” del fallo y que está evaluando las opciones legales disponibles para defenderse en instancias superiores.

La compañía de Mark Zuckerberg argumenta que la salud mental de los adolescentes es un fenómeno complejo, en el que influyen factores familiares, escolares, sociales y personales, y que no se puede atribuir el origen de los problemas a una sola aplicación. Durante el juicio, sus abogados subrayaron la conflictiva relación de la joven con su madre, llegando a reproducir grabaciones en las que se escuchaban gritos e insultos, con la intención de demostrar que el entorno familiar desempeñó un papel clave.

Google, por su parte, defendió que YouTube funciona más como un servicio de vídeo similar a la televisión que como una red social clásica, y cuestionó el peso real que tuvo la plataforma en la rutina de la demandante. Sus abogados aseguraron que los registros de uso mostraban que el tiempo medio diario que pasaba la joven en las funciones señaladas como adictivas apenas superaba el minuto, lo que, según la empresa, contradecía la versión de la acusación.

En la vista oral, uno de los momentos más controvertidos fue la discusión sobre los filtros de belleza y otros efectos visuales de Instagram. Estos elementos han sido señalados por psicólogos y organizaciones de salud como posibles factores que empeoran la percepción corporal y la autoestima, especialmente en chicas adolescentes. Zuckerberg explicó que en un primer momento se planteó prohibir ciertos filtros de forma temporal, pero que, finalmente, la compañía optó por priorizar la “libertad de expresión” de los usuarios al no existir, a su juicio, pruebas definitivas sobre su impacto negativo.

Mientras los equipos legales preparan los recursos, las compañías intentan transmitir la idea de que ya han introducido medidas de seguridad y herramientas de control parental. Sin embargo, organizaciones de padres, expertos en salud mental y legisladores consideran que estos cambios siguen siendo insuficientes y, en muchos casos, llegan tarde respecto a los daños ya causados.

Un tsunami judicial: otros casos contra Meta y el papel de TikTok y Snapchat

El fallo de Los Ángeles no es un hecho aislado. Se suma a una ola de procedimientos judiciales que apuntan a la responsabilidad de las plataformas en la protección de los menores. Días antes de esta sentencia, un jurado de Nuevo México declaró a Meta culpable de ocultar información sobre fallos en sus plataformas y prácticas comerciales que facilitaban la explotación sexual infantil.

En ese caso, la empresa fue condenada a pagar 375 millones de dólares, una cifra muy superior a la impuesta en el proceso de Los Ángeles. El jurado entendió que la compañía no solo no reaccionó con la rapidez y contundencia necesarias ante los riesgos detectados, sino que minimizó u ocultó el alcance de los problemas ligados a la seguridad de los menores en Facebook e Instagram.

Este veredicto bebe, a su vez, de una demanda presentada en 2023 por el fiscal general de Nuevo México, Raúl Torrez, que acusaba a Meta de crear un entorno propicio para depredadores sexuales en sus redes. Aunque la empresa ha rechazado de plano estas acusaciones, el resultado del juicio refuerza la percepción de que los tribunales estadounidenses empiezan a mirar con lupa las dinámicas internas de las plataformas.

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En el caso de Los Ángeles, además de Meta y Google, TikTok y Snapchat también figuraban inicialmente como demandadas. Sin embargo, ambas compañías alcanzaron acuerdos extrajudiciales en términos confidenciales antes de que empezara el juicio, evitando así convertirse en protagonistas del primer gran veredicto sobre adicción a redes sociales en menores.

Analistas del sector señalan que estos pactos, junto con las condenas a Meta, aceleran la presión sobre toda la industria tecnológica. No solo están en juego indemnizaciones millonarias, sino también posibles cambios estructurales en los modelos de negocio basados en la atención y en la explotación de los datos personales de usuarios cada vez más jóvenes.

Repercusiones en España y Europa: más control sobre el diseño de las plataformas

Aunque los procesos se han desarrollado en Estados Unidos, sus consecuencias pueden sentirse de lleno en Europa y, en particular, en España. La Unión Europea ha endurecido recientemente el marco normativo con normas como el Reglamento de Servicios Digitales (DSA), que exige a las grandes plataformas evaluar y reducir los riesgos sistémicos, entre ellos los que afectan a la salud mental de menores.

En el caso español, colegios profesionales sanitarios, asociaciones de madres y padres y expertos en psicología infanto-juvenil llevan tiempo alertando de la relación entre el uso intensivo de redes sociales y el aumento de problemas como ansiedad, depresión, trastornos de la conducta alimentaria o dificultades para conciliar el sueño entre adolescentes. Sentencias como la de Los Ángeles dan nuevos argumentos a quienes piden políticas más exigentes hacia Meta, Google y el resto de plataformas.

Este tipo de decisiones judiciales, aunque no son directamente aplicables en la UE, pueden servir de referencia en futuros procedimientos o reformas legislativas europeas. A la hora de delimitar la responsabilidad de las empresas, será clave determinar si han priorizado el crecimiento y la rentabilidad por encima de la protección de los usuarios más vulnerables, algo que el DSA y otras normas comunitarias empiezan a vigilar con mayor atención.

Sobre la mesa se encuentran propuestas que van desde limitar determinadas funciones para menores —como las notificaciones nocturnas o ciertos sistemas de recomendación— hasta reforzar de forma significativa los controles parentales, la verificación de edad y la restricción de publicidad dirigida a niños y adolescentes. También han ganado terreno ideas como fomentar el uso de móviles más sencillos (los llamados “dumbphones”) para los más jóvenes, reduciendo su exposición a aplicaciones adictivas.

En paralelo, algunos países europeos estudian la posibilidad de impulsar acciones colectivas contra las grandes plataformas cuando se demuestre que su diseño ha contribuido a problemas de salud pública. En este escenario, el veredicto de Los Ángeles podría ser citado como ejemplo de que los tribunales ya están dispuestos a reconocer la relación entre arquitectura de las redes y daño psicológico en menores.

Todo lo ocurrido en Los Ángeles envía un mensaje claro: el diseño adictivo de las redes sociales ya no es solo un debate ético o académico, sino una cuestión con consecuencias legales tangibles. Aunque la condena económica a Meta y Google no vaya a tambalear sus cuentas de resultados, el precedente sienta las bases para que padres, instituciones y reguladores, también en España y Europa, cuestionen con más fuerza cómo se construyen las plataformas que usan a diario millones de menores, y hasta dónde llega la responsabilidad de las empresas cuando ese diseño acaba afectando a su salud mental.

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